El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social buscar y entregar información sobre los brazaletes electrónicos empleados para el control de reos en penales de máxima seguridad.
El Pleno del INAI revocó la respuesta del sujeto obligado a un particular que requirió información de brazaletes como el que portaba el narcotraficante Joaquín Guzmán Loera hasta su fuga, así como conocer si hay contratos para su adquisición, el número de unidades adquiridas y cuántos se encuentran en uso, entre otros contenidos.
En respuesta, Prevención y Readaptación Social notificó que, con fundamento en el artículo 48 de la Ley Federal de Transparencia, no estaba obligada a dar trámite a una solicitud cuando se haya entregado información sustancialmente idéntica como respuesta a diversa petición formulada por la misma persona, por lo cual, orientó al solicitante a consultar en el Infomex, la respuesta brindada a una diversa solicitud de acceso, en la cual, informó que no cuenta con contrataciones para la adquisición de brazaletes con Sistema de Posicionamiento Global (GPS).
En el análisis del caso, se determinó, con base en un dictamen emitido por la Dirección General de Tecnologías de la Información del INAI sobre los privilegios que tiene los sujetos obligados en el Sistema Infomex, que no es posible tener la certeza de que una misma persona realice dos solicitudes idénticas.
Por otra parte, se consideró que el sujeto obligado se limitó a referirse a brazaletes con GPS, cuando el particular requirió información que se relaciona con “el brazalete electrónico, como el que portaba Joaquín “El Chapo” Guzmán.
Aunado a ello, y luego de una búsqueda de información sobre el tema, se localizaron declaraciones públicas del titular de la Secretaría de Gobernación, en el sentido de que el narcotraficante portaba un “brazalete preventivo” para su localización dentro del penal y no con GPS.
Se advierte que si bien el particular utilizó de manera indistinta “brazaletes de geo localización” y “brazalete electrónico”, lo cierto es que centró su solicitud en los brazaletes utilizados para control de los reos en penales de máxima seguridad, como fue el caso del que portaba Joaquín Guzmán Loera.
Asimismo se constató la existencia de un convenio modificatorio del contrato número OADPRS/DGA/049/2011 de diciembre de 2012, para la prestación integral del servicio de vigilancia por medio de brazaletes electrónicos; con lo cual quedó acreditada la existencia de información relacionada con la que guarda el estrecho interés del solicitante, además que no turnó la solicitud del particular a todas las unidades administrativas con atribuciones para conocer de la información.
Es por ello que el pleno del INAI revocó la repuesta del sujeto obligado y le instruyó a turnar la solicitud a todas las unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a la Dirección General de Administración, a la Coordinación General de Centros Federales, a la Dirección General de Ejecución de Sanciones, a los Titulares de los Centros Federales y a la Unidad de Asuntos Legales y Derechos Humanos.
Lo anterior, sin limitar la búsqueda a los brazaletes de geo localización, sino que deberá pronunciarse respecto de los brazaletes utilizados por los internos, atendiendo en mayor medida el desglose requerido por el particular.
Con información El Imparcial
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