CDMX; 27 de noviembre de 2024. – El senador Enrique Inzunza, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos presentó ante el pleno, el dictamen que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para incluir dentro de los delitos que ameritan la medida cautelar de prisión preventiva a la extorsión, así como todas las conductas relacionadas con la elaboración y trafico de fentanilo, además de contrabando y delitos atinentes a falsos comprobantes fiscales.
El senador sinaloense destacó que esta modificación tiene como propósito mejorar la eficacia del sistema de justicia y proporcionar a las autoridades de persecución del delito y de juzgamiento, mayores herramientas para combatirlo, sobre todo en aquellos que han crecido en incidencia y en complejidad.
Enrique Inzunza mencionó que la inclusión de delitos relacionados con la producción y distribución ilícita de drogas sintéticas, como el fentanilo, es una medida urgente. “Es una medida incluso que tenemos que adoptar en el contexto actual de las relaciones bilaterales entre México y Estados Unidos, dada la crisis de salud pública que representa allá el consumo de estas sustancias”.
Agregó; “también es una necesidad del Estado mexicano fortalecer las acciones para mitigar este tráfico, incluso aquí, y debilitar las estructuras criminales detrás de este fenómeno. Es fundamental que la tipificación y las medidas adoptadas estén alineadas, también hay que decirlo, con el debido proceso y con los derechos humanos, y minimizar que se cometan abusos y arbitrariedades”.
El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos expresó que la extorsión ha crecido en algunos estados de manera alarmante, eso que coloquialmente se llama “el cobro de piso”. “En las últimas décadas hemos asistido a este fenómeno que vulnera de manera transversal muchos derechos y por supuesto afecta de manera muy grave la seguridad de muchas familias. Este delito afecta directamente la seguridad y el bienestar y por eso requiere de una respuesta del Estado mexicano”, sentenció.
Eso sí, dijo que para ello “es imprescindible que las fiscalías actúen con sentido de responsabilidad y conforme un plan estratégico de persecución, aplicando criterios de oportunidad en casos procedentes y buscando siempre equilibrar derechos humanos y eficiencia en la persecución penal”.
En un tercer punto, agregó el hecho de establecer dentro del mismo párrafo como delitos merecedores de la prisión preventiva oficiosa, los relacionados con falsos comprobantes fiscales. Especialmente también cuando esta conducta, la de la falsificación de las facturas, está ligada a la delincuencia organizada de cuello blanco.
El oriundo de Batequitas, desde el pleno que es una obligación de todos los mexicanos y mexicanas, establecida en la propia Constitución, “contribuir a garantizar una recaudación fiscal que permita financiar servicios esenciales como la educación, la salud, la seguridad y la infraestructura pública”.
El senador Enrique Inzunza concluyó su participación evocando la frase de la comisión de grandes juristas alemanes que redactaron el Código Penal Alternativo de 1976, cuando al avance de la pena privativa y libertad reconocieron que era una amarga necesidad. “Pues el artículo 19 y la prisión preventiva oficiosa en México hoy, sigue siendo, digámoslo así, una amarga necesidad. Por eso tenemos que aplicarla garantizando que se respeten los derechos fundamentales de los imputados” expresó.
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