México.- La reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos aprobada por el Congreso de la Unión permite a los agentes extranjeros de migración y aduana -así como elementos de seguridad responsables de proteger a funcionarios de alto nivel de otros países- el ingreso al país con las armas que utilizan.
El objetivo de la ley es facultar a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) para otorgar los permisos de portación de armas a dichos agentes y llevar un control.
El principal argumento para su aprobación es el principio de reciprocidad internacional, además de que mediante este se buscan fortalecer los procesos de cooperación migratoria y aduanera de México con el resto del mundo.
Los agentes facultados para portar armas abarcan a los migratorios extranjeros en puntos de tránsito internacional y a los aduanales extranjeros en territorio nacional, ambos debidamente acreditados por el gobierno federal mediante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ante la Sedena, quien autorizará los permisos extraordinarios de portación temporal de armas.
También se contempla a los agentes encargados de la protección y la seguridad de las personas internacionalmente protegidas en visitas oficiales a México como los jefes de Estado, de gobierno, ministros y altos funcionarios de otros países.
Ello con el objetivo de armonizar la legislación interna con el marco jurídico internacional del cual nuestro país forma parte y para regular el ingreso de armas durante las visitas de alto nivel. Estos agentes también deberán contar con acreditación del gobierno federal, la cual se tramitará por conducto de laSecretaría de Relaciones Exteriores ante la Sedena.
Las condiciones en las cuales los agentes de migración y aduana podrán portar armas corresponden a la que el funcionario maneje como arma de cargo en su país y sólo podrán acreditarse los revólveres o las postolas de funcionamiento semiautomático de calibe .40 o equivalente, además de que sólo podrán portar las mismas en el local o instalación donde el funcionario extranjero lleve a cabo sus actividades y quedarán bajo resguardo cuando tengan que desplazarse a otras zonas.
Los agentes encargados de la seguridad de funcionarios extranjeros podrían ser autorizada a ingresar y portar otro tipo de armas bajo casos excepcionales, siempre que la Sedena justifique la necesidad de su uso y su vigencia estará sujeta al tiempo de la visita oficial
Los permisos para agentes extranjeros de migración y aduanas tendrán una vigencia de 6 meses, con la posibilidad de renovación sujeta a los mismos requisitos y restricciones para su autorización.
El permiso podrá cancelarse sin perjuicio de aplicar sanciones procedentes.
Con información de Milenio