Sinaloa, febrero de 2025.- El recién nombrado titular de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS), el licenciado Alfonso Carlos Ontiveros Salas, informó que una de las primeras instrucciones recibidas de parte del Rector, doctor Jesús Madueña Molina, de actualizar la normatividad de la institución para ajustarla al nuevo mandato, como la expedición del nuevo Reglamento de la Comisión de Elecciones y Consultas, una figura que se incorporó recientemente a la Casa Rosalina.
Esto con motivo a la aprobación, por parte del H. Consejo Universitario, de las reformas, adiciones y derogaciones que el Congreso del Estado realizó a la Ley Orgánica de la UAS, la misma que influye en el resto de las reglamentaciones que expida la propia Universidad.
Ontiveros Salas explicó que este Reglamento de la Comisión de Elecciones y Consultas tendrá una misión especial dentro de los procesos de elección de Rector de forma ordinaria, en los casos de reelección, incluso para la designación de los consejeros universitarios y los consejos técnicos de las unidades académicas.
“Estamos atareados en eso, hay un reglamento importante que sí tenemos que actualizar, el del funcionamiento de las autoridades universitarias colegiadas y, pues, toda la normatividad que tiene que ajustarse precisamente a las nuevas disposiciones de la reforma. Es un trabajo importante que tenemos que cumplirlo en razón de los tiempos que nos apremian para efecto de que cualquier situación en donde deba invocarse la existencia de esa normatividad interna la tengamos debidamente al alcance, actualizada y en condiciones de ser aplicada”, dijo.
El Director de Asuntos Jurídicos de la Universidad Autónoma de Sinaloa detalló que son dos aspectos los que regulan los puntos transitorios de la reforma en la Ley Orgánica. Uno da 90 días para efecto que se expida la reglamentación debidamente actualizada del estatuto general, y por otro lado da un plazo hasta de dos años respecto a que se expida el resto de la normatividad de la UAS.
Sin embargo, se acercan plazos que la propia Ley establece, como es el de la reelección del Rector, cuya solicitud debe presentarse si es que hay interés en que así sea a más tardar el 15 de marzo del presente año, mientras que en el caso de que no haya solicitud, porque no haya interés en reelegirse, previa justificación que se le haga al H. Consejo Universitario, se realizaría un proceso ordinario que la propia reforma establece.
Así, tendrían la posibilidad de que durante el mes de abril se pudiera expedir la convocatoria, se registren los aspirantes, justifiquen el cumplimiento de los requisitos y, una vez satisfechos esos puntos, la Comisión de Elecciones y Consultas habrá de proceder a realizar la votación correspondiente de la Comunidad Universitaria para poder estar en condiciones de saber quién de los aspirantes mereció el voto mayoritario y darlo a conocer al propio H. Consejo Universitario, para efecto de que este resuelva de quién habrá de ser el nuevo Rector.
Es por ello que la Universidad no se puede esperar a esos primeros 90 días que señala el artículo transitorio respectivo, sino que se expedirán con la debida anticipación para que se generen todas las participaciones ajustadas a la legalidad que impone la reforma a la Ley Orgánica de la UAS.
“Nosotros queremos que no haya absolutamente ningún motivo de señalamientos en el sentido de que no se tenga debidamente expedida la normatividad y aprobada por el Consejo Universitario, particularmente en las atribuciones que le conceden ahora a la Universidad a través de su estatuto general en donde, además de la creación de una comisión permanente la Comisión de Elecciones y Consultas, que ahí viene en la reforma también la forma de integración y de las facultades que deben ser incorporadas en el propio estatuto general”, comentó.
El funcionario universitario indicó que todo eso ya está trabajado y se está en espera de que eso se someta a la consideración del H. Consejo Universitario, para efecto de estar en condiciones de que se marque el punto de partida y las aspiraciones queden sujetas a lo que establece la reforma a la Ley Orgánica de la UAS y el propio estatuto general.
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