Guamúchil, Sinaloa.- A pesar de los cambios efectuados recientemente al Código Familiar del Estado de Sinaloa por los diputados de la pasada 61 Legislatura, donde se reformó el artículo 43, estableciendo los 18 años como edad mínima para contraer matrimonio, jóvenes siguen acercándose a solicitar información a las unidades del Registro Civil de los municipios y a algunas sindicaturas de estos para obtener información y poder contraer matrimonio.
En esta situación las niñas eran las que mayormente salían afectadas, ya que en un 18 por ciento de los matrimonios entre menores de edad eran mujeres, mientras que el 4 por ciento corresponde a los hombres.
Con la reforma al artículo 43, se establece que la edad mínima para contraer matrimonio es a los 18 años, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley de los Derechos de Niñas.
Anteriormente la edad mínima para casarse era de las mujeres a los 14 años, mientras que de los hombres era a los 16 años, quienes tenían que ser acompañados por sus padres o tutores al momento de contraer matrimonio.
Para el presidente de la Federación de Abogados de Sinaloa Luis Roberto Sánchez Inzunza el impedir que los menores contraigan matrimonio es ir en contra de sus derechos como personas, ya que deben tomarse en cuenta que no sean afectados con algunos derechos legales por no permitírseles el matrimonio como mero trámite.
Indicó que a los menores adolescentes sí se les debe validar el matrimonio si así lo desean, ya que en su adolescencia sí son sujetos en materia penal por la Ley de Justicia para Adolescentes, por lo que en materia de lo familiar también deben tener ese derecho de solicitar el matrimonio.
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